Venezuela

2017 2023

Aborto

Detalle de evaluación

¿El marco legal de su país (constitución, leyes nacionales, leyes locales, código penal) legaliza o no penaliza el aborto medicamentoso/farmacológico o quirúrgico por voluntad de la mujer embarazada?

Si, con ciertos causales

El marco legal (constitución, leyes nacionales, leyes locales, código penal) no penaliza el aborto medicamentoso/farmacológico o quirúrgico por:

Riesgo a la vida de la mujer

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¿Hay actualmente personas (mujeres, médicos, otros) procesadas por sentencias relacionadas al aborto?

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¿El marco legal/normativo permite a las instituciones de salud ser objetoras de conciencia relacionado con el aborto?

No

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¿El marco legal/normativo permite que las personas físicas ejerzan el derecho a la objeción de conciencia relacionado con el aborto?

Opciones:

El personal médico objetor de conciencia tiene la obligación de dar una referencia o remitir a la mujer a un profesional no objetor dentro de la misma institución o a un servicio apropiado

La objeción de conciencia no se puede ejercer cuando está en riesgo la vida de la mujer

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Detalle de evaluación

¿Existe normativa específica que establezca reglamentación para asegurar el acceso a la interrupción legal del embarazo? (Estos pueden incluir políticas públicas, normativas, protocolos, guías o un conjunto de normas escritas en el ministerio)

Nacional

¿Hubo modificación de los marcos normativos en los últimos dos años?

No hubo cambios

¿Las normativas y protocolos oficiales estipulan que se debe mantener el secreto profesional en relación a la interrupción legal del embarazo?

¿Las normativas y protocolos oficiales estipulan un plazo máximo para que el prestador brinde el servicio desde que la mujer solicite el mismo, sin que dicho plazo constituya un obstáculo para el acceso?

No

¿En casos de aborto legal por voluntad de la mujer, las normativas y protocolos oficiales estipulan un periodo de reflexión obligatorio para la interrupción legal del embarazo?

No se establece

¿En qué momento de la ruta de atención del embarazo se ofrece la opción de la interrupción legal del embarazo?

Con la confirmación del embarazo y/o frente a la indicación o detección de un causal de interrupción legal

¿El Ministerio de Salud y su personal tienen la obligación de brindar información completa, científica relacionada con la interrupción del embarazo?

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Las normativas y protocolos oficiales agregan barreras al acceso, estipulando que los siguientes actores se requieren, o tienen que intervenir, para la interrupción legal del embarazo…

Personal de salud

Otros actores, opiniones múltiples o exigencies de nivel de complejidad para instalaciones de salud

Explicar:

Según el artículo 60 del Código de Deontología Médica, " La interrupción del embarazo deberá practicarse (...) previo consentimiento de la paciente, de su esposo, o del representante legal. La certificación de la interrupción del embarazo deberá hacerla una Junta Médica, uno de cuyos participantes, por lo menos, deberá tener conocimientos especializados relativos a la afección padecida por la enferma. Parágrafo Único: Si el caso fuera de extrema urgencia podrá bastar la opinión de otro médico si esto fuera posible." Con "Otros actores u opiniones múltiples" nos referimos a la paciente, al esposo o representante legal de la paciente

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¿Qué personal está autorizado para la práctica/receta de la interrupción legal del embarazo?

Médicos Generales

Medicos gineco-obstetras

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Detalle de evaluación

¿Los hospitales públicos proveen servicios seguros de interrupción de embarazo?

Opciones:

Mediante aborto quirúrgico

Medicamentoso/farmacológico

¿Los hospitales públicos han limitado la provisión de servicios de aborto en los dos últimos años?

No

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¿Los servicios gubernamentales de interrupción legal del embarazo son gratuitos?

Si (intervención, estudios y tratamientos)

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Detalle de evaluación

¿En los últimos dos años el gobierno federal ha llevado a cabo campañas en medios o programas de difusión gubernamentales sobre las opciones de servicios para la Interrupción Legal del Embarazo?

No hay

Deficiente0% - 40%
Limitado41% - 55%
Puede Mejorar56% - 70%
Bien71% - 90%
Óptimo91% - 100%
  • Medida Prioritaria 42


    Asegurar, en los casos en que el aborto es legal o está despenalizado en la legislación nacional, la existencia de servicios de aborto seguros y de calidad para las mujeres que cursan embarazos no deseados y no aceptados e instar a los demás Estados a considerar la posibilidad de modificar las leyes, normativas, estrategias y políticas públicas sobre la interrupción voluntaria del embarazo para salvaguardar la vida y la salud de mujeres y adolescentes, mejorando su calidad de vida y disminuyendo el número de abortos.

  • Medida Prioritaria 40


    Eliminar las causas prevenibles de morbilidad y mortalidad materna, incorporando en el conjunto de prestaciones integrales de los servicios de salud sexual y salud reproductiva medidas para prevenir y evitar el aborto inseguro, que incluyan la educación en salud sexual y salud reproductiva, el acceso a métodos anticonceptivos modernos y eficaces y el asesoramiento y atención integral frente al embarazo no deseado y no aceptado y, asimismo, la atención integral después del aborto, cuando se requiera, sobre la base de la estrategia de reducción de riesgo y daños.