Cuba

2017 2023

Laicidad

Detalle de evaluación

¿Existe una referencia a elementos religiosas entre los símbolos de la patria? Bandera, escudo, himno nacional?

No

Documentos Fuente

Constitución de la República de CubaARTÍCULO 4.- Los símbolos nacionales son los que han presidido por mas de cien años las luchas cubanas por la independencia, por los derechos del pueblo y por el progreso social:

Símbolos patrios (bandera)El triángulo equilátero significa la igualdad entre los hombres. Los tres colores (blanco, azul y rojo) son los de la revolución y, en la connotación latina, se asocian al tríptico revolucionario francés de libertad, igualdad, fraternidad. Ellos unen, además, los ideales de justicia expresados en la pureza del color blanco, el altruismo y la altura de esos ideales en el azul, con el rojo, el reflejo de la sangre que se derramaría por la libertad (...) Por último, la estrella de cinco puntas -una de estas orientada al Norte para indicar estabilidad- expresa el equilibrio entre las cualidades morales y sociales que deben tipificar al Estado y significa el astro que brilla con luz propia, es decir, el estado independiente.

Símbolos patrios (escudo)El escudo Nacional, representa a nuestra Isla. Tiene forma de adarga ojival y está dividido en tres cuerpos.En su cuerpo superior horizontal aparece una llave dorada entre dos montañas y un sol naciente en el mar - lo cual simboliza la posición de Cuba en el Golfo entre las dos Américas, en medio del surgimiento de un nuevo Estado-.Las franjas blancas y azules ejemplifican la posición departamental de la Isla en la época colonial y se encuentran a lo largo del cuerpo izquierdo. En el derecho vertical: un paisaje cubano presidido por la palma real o lo que sería lo mismo, el símbolo del carácter indoblegable del pueblo cubano.

HimnoAl combate corred, bayameses,que la patria os contempla orgullosa.No temáis una muerte gloriosaque morir por la patria es vivir.En cadenas vivir, es viviren afrenta y oprobio sumido,del clarín escuchad el sonido.¡A las armas valientes, corred!

¿Comúnmente las instituciones públicas del Estado, como Juzgados, Cortes, Centros de Salud, otros exhiben en sitios visibles crucifijos, imágenes de santos/vírgenes u otros símbolos religiosos?

No

Documentos Fuente
Detalle de evaluación

¿Existe un concordato, Cartas Revérsales o acuerdo internacional con el Estado Vaticano?

No

Documentos Fuente

¿Existen acuerdos generales con alguna institución religiosa?

No

Documentos Fuente

¿Existe financiamiento del Estado para fines religiosos?

No existe financiamiento del Estado

Documentos Fuente

¿Cuál es el tipo de registro?

Obligatorio igualitario

Documentos Fuente

Ley de AsociacionesARTÍCULO 16.-En el Ministerio de Justicia radicará un Registro de Asociaciones Nacionales, en el que se inscribirán las asociaciones que desarrollen sus actividades en todo el país. En cada provincia y en el Municipio Especial Isla de la Juventud, radicará un Registro de Asociaciones adscripto a las correspondientes direcciones de Justicia de los órganos del Poder Popular, en el que se inscribirán las asociaciones constituidas en sus respectivos territorios. Los registros de asociaciones ejercerán las funciones de control, supervisión e inspección de las asociaciones, de conformidad con lo establecido en el reglamento de esta LeyDisposiciones TRANSITORIASCUARTA: Las instituciones eclesiásticas o religiosas y las asociaciones basadas en el credo religioso de sus integrantes o relacionadas directamente con las expresadas instituciones, conservarán su actual status jurídico hasta tanto se dicte la ley de cultos que regule el funcionamiento de aquéllas.QUINTA: El Ministerio de Justicia, a través del Registro de Asociaciones Nacionales, atenderá con carácter general y hasta tanto se dicte la legislación especial sobre la materia, las cuestiones legales relacionadas con las instituciones eclesiásticas o religiosas y las basadas en el credo religioso de sus integrantes o relacionadas directamente con las expresadas instituciones. El Ministerio de Justicia, a través del Registro de Asociaciones Nacionales, podrá realizar o disponer que se realicen inspecciones a las instituciones y asociaciones a que se refiere el párrafo anterior, para comprobar su funcionamiento, así como el cumplimiento de las normas jurídicas vigentes y, en su caso, proceder conforme a lo preceptuado en el artículo 19 de esta Ley.El Registro de Asociaciones(13), pero no puede ser aplicado por igual a todas las religiones dada la falta de jerarquías estructurada en algunas, lo que impide la existencia de un sujeto visible que “pacte” con el Estado o tenga capacidad para ser inscrita (como es el caso de las religiones afrocubanas y el espiritismo).

¿Existen tribunales religiosos exclusivos que impiden la aplicación de las leyes nacionales a miembros de organizaciones religiosas que hayan cometido delitos?

No

Documentos Fuente

¿Existen registros civiles en materia de nacimiento, matrimonio y muerte (autonomía administrativa del Estado) u otras emitidas por entidades religiosas? (certificado de bautismo, confirmación, matrimonio religioso no aplican)

No

Documentos Fuente

¿Existe intromisión formal del Estado en asuntos internos de las instituciones religiosas o viceversa? (participación en nombramiento de obispos, otros)?

No

Detalle de evaluación

¿Existe la participación de agentes religiosos en hospitales públicos, cárceles y fuerzas armadas?

Presencia religiosa no institucionalizada a petición individual

Documentos Fuente

¿Existe reconocimiento legal de la diversidad como valor?

No

¿Se ha ratificado el protocolo facultativo de la CEDAW?

Documentos Fuente

Documentos firmados y ratificados por cubaInstrumentos internacionales en materia de derechos humanos ratificados por CubaDe los 26 tratados identificados como principales en esta esfera, Cuba es Estado Parte en 15, asaber:- Convención sobre los Derechos del Niño- Protocolo Facultativo a la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, lapornografía y la prostitución infantiles- Convención contra la Tortura- Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer- Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial- Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio- Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de LesaHumanidad- Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen del Apartheid- Convención Internacional contra el Apartheid en los Deportes- Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer- Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada- Convención sobre el Consentimiento para el Matrimonio, la Edad Mínima para Contraer Matrimonio y el Registro de los Matrimonios- Convención sobre la Esclavitud de 1926 y Protocolo para modificar la Convención sobre la Esclavitud- Convención suplementaria sobre la Abolición de la Esclavitud, la Trata de Esclavos y las Instituciones y Prácticas Análogas- Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución AjenaAsimismo, Cuba ha firmado los siguientes instrumentos:- Protocolo Facultativo a la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminacióncontra la Mujer- Protocolo Facultativo a la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Participación de los Niños en los Conflictos Armados.

¿La educación pública está establecida como laica?

Documentos Fuente

Constitución de la República de CubaEn el artículo 39, se estipula que: El Estado orienta, fomenta y promueve la educación, la cultura y las ciencias en todas sus manifestaciones. En su política educativa y cultural se atiene a los postulados siguientes: 1. fundamenta su política educacional y cultural en los avances de la ciencia y la técnica, el ideario marxista y martiano, la tradición pedagógica progresista cubana y la universal; 2. la enseñanza es función del Estado y es gratuita. Se basa en las conclusiones y aportes de la ciencia y en la relación más estrecha del estudio con la vida, el trabajo y la producción. El estado mantiene un amplio sistema de becas para los estudiantes y proporciona múltiples facilidades de estudio a los trabajadores a fin de que puedan alcanzar los más altos niveles posibles de conocimientos y habilidades. La ley precisa la integración y estructura del sistema nacional de enseñanza, así como el alcance de la obligatoriedad de estudiar y define la preparación general básica que, como mínimo, debe adquirir todo ciudadano; 3. promover la educación patriótica y la formación comunista de las nuevas generaciones y la preparación de los niños, jóvenes y adultos para la vida social. Para realizar este principio se combinan la educación general y las especializadas de carácter científico, técnico o artístico, con el trabajo, la investigación para el desarrollo, la educación física, el deporte y la participación en actividades políticas, sociales y de preparación militar; ch) es libre la creación artística siempre que su contenido no sea contrario a la Revolución. Las formas de expresión en el arte son libres; 1. el Estado, a fin de elevar la cultura del pueblo, se ocupa de fomentar y desarrollar la educación artística, la vocación para la creación y el cultivo del arte y la capacidad para apreciarlo; 2. la actividad creadora e investigativa en la ciencia es libre. El Estado estimula y viabiliza la investigación y prioriza la dirigida a resolver los problemas que atañen al interés de la sociedad y al beneficio del pueblo; 3. el Estado propicia que los trabajadores se incorporen a la labor científica y al desarrollo de la ciencia; 4. el Estado orienta, fomenta y promueve la cultura física y el deporte en todas sus manifestaciones como medio de educación y contribución a la formación integral de los ciudadanos; 5. el Estado defiende la identidad de la cultura cubana y vela por la conservación del patrimonio cultural y la riqueza artística e histórica de la nación. Protege los monumentos nacionales y los lugares notables por su belleza natural o por su reconocido valor artístico o histórico; 6. el Estado promueve la participación de los ciudadanos a través de las organizaciones de masas y sociales del país en la realización de su política educacional y cultural.

Deficiente0% - 40%
Limitado41% - 55%
Puede Mejorar56% - 70%
Bien71% - 90%
Óptimo91% - 100%
  • Principios Generales


    El consenso de Montevideo hace referencia a la Laicidad en los Principios Generales: Reafirmar que la laicidad del Estado es también fundamental para garantizar el ejercicio pleno de los derechos humanos, la profundización de la democracia y la eliminación de la discriminación contra las personas.